La Cooperativa de Electricidad de Los Hornillos desplegó un minucioso operativo preventivo a fin de asegurar la prestación de los servicios públicos indispensables, atendiendo las exigencias sanitarias de su comunidad.
Apenas comenzó a confirmarse la gravedad de la situación epidemiológica generada por casos positivos de Covid-19 en el país, la distribuidora de servicios públicos de Los Hornillos –Clespa-, de conformidad con las recomendaciones y lineamientos emitidos por las instituciones cooperativas de segundo grado de la provincia, puso en marcha los distintos protocolos de actuación proyectados para las diferentes áreas de trabajo.
Estas pautas orientativas facilitaron el traslado a la faz práctica de las instrucciones impartidas en los sucesivos decretos de necesidad y urgencia (DNU) dictados por el Gobierno nacional y los mandatos emitidos a nivel local.
Al respecto, el presidente de Clespa, Roque Forno, destacó: “El consejo de administración de la cooperativa siempre entendió que primero está la salud. Tanto es así que, a pesar de que el Ente Regulador de Servicios Públicos comunicó la autorización instruida desde el Centro de Operaciones de Emergencias provincial, permitiendo, a partir del lunes 20 de abril, la apertura de una caja por localidad para ejecutar la cobranza de los servicios cooperativos, nosotros resolvimos habilitar la atención a los asociados con posterioridad, cuando constatamos que estaban dadas todas las condiciones de bioseguridad”.
En referencia al procedimiento aplicado, detalló: “La recaudación se llevó a cabo en horarios reducidos, y controlamos en forma permanente que se respetaran las distancias marcadas con puntos rojos en la vereda. Seguimos las precauciones estándares transmitidas en las circulares de la federación Face Córdoba”.
Los documentos emanados desde las instituciones que nuclean a las cooperativas de servicios, además de las áreas de atención al cliente, enumeraron con precisa descripción, los protocolos de los trabajos del servicio eléctrico y de las prestaciones sociales.
En referencia pormenorizada al reglamento tutelar de actuación del servicio de energía eléctrica, este especificó desarrollar las tareas mínimas requeridas para mantener la prestación del servicio, generar cuadrillas de dos operarios que no roten, y así evitar que las cuadrillas compartan espacios u horarios, para que en caso de que uno de ellos presente síntomas, solo se vean afectadas dos personas en la cuarentena y no todo el plantel, eludiendo así poner en riesgo la correcta prestación de servicio.
Para el supuesto de los servicios funerarios, el artículo 6, inciso 7, del Decreto 297/2020, dispuso que durante el plazo de vigencia de la medida de aislamiento y hasta tanto no se dispongan nuevos mandatos complementarios o modificatorios por parte del Gobierno nacional, provincial o de parte de los municipios, no se deberá llevar a cabo el servicio de velatorio y acompañamiento por la pérdida del ser querido.